Junta de AndalucíaAdministración ElectrónicaDificultad: BásicaTemario

¿Qué característica atribuye el artículo 26.1 del Decreto 622/2019 al registro electrónico de la Junta?

  1. AExiste uno distinto en cada Consejería y en cada agencia de la Junta.
  2. BSolo deja constancia de la entrada de documentos, no de su salida.
  3. Es único para los órganos y entidades contemplados en el artículo 2.1.Respuesta correcta
  4. DEs único únicamente para las Consejerías, quedando fuera las agencias.

Explicación

El artículo 26.1 establece que la Junta «dispone de un registro electrónico, que será único para los órganos y entidades contemplados en el artículo 2.1, en el que quedará constancia de la entrada y salida de documentos». No hay registros electrónicos separados por Consejería o agencia y el registro recoge tanto entradas como salidas.

Referencia: Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, art. 26.1.

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Capítulo V - Registro electrónico y comunicaciones interiores». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 26 de Decreto 622/2019. Es la pregunta 1 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Es único para los órganos y entidades contemplados en el artículo 2.1.».

Materia
Administración Electrónica
Artículo o apartado
Artículo 26 - Registro Electrónico Único
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 13
Última revisión

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