Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 19.2 de la Ley 2/2021, las personas investigadas en un procedimiento de investigación e inspección de la Oficina:

  1. Ostentan la condición de interesadas y gozan de los derechos del artículo 53 de la Ley 39/2015, sin perjuicio de los que les reconozca esta Ley.Respuesta correcta
  2. BCarecen de la condición de interesadas hasta que se acuerde, en su caso, el inicio de un procedimiento sancionador.
  3. CPueden acceder al expediente únicamente una vez dictada la resolución que ponga fin al procedimiento de investigación.
  4. DTienen la condición de testigos y quedan sujetas al régimen de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Explicación

El artículo 19.2 dispone que las personas investigadas «ostentarán la condición de interesadas en el correspondiente procedimiento de investigación e inspección y, por tanto, gozarán de los derechos previstos en el artículo 53 de la Ley 39/2015», sin perjuicio de los que les reconozca la propia Ley, como la presunción de inocencia y la asistencia letrada (artículo 19.3). No tienen que esperar a un procedimiento sancionador para ser interesadas, su acceso al expediente no se difiere a la resolución final y no actúan como testigos sometidos a la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 19

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