AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 117 de la Ley 9/2007, en la Administración de la Junta de Andalucía la potestad expropiatoria la ostenta:

  1. La persona titular de la Consejería correspondiente.Respuesta correcta
  2. BLa persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
  3. CEl Consejo de Gobierno, mediante decreto de declaración de utilidad pública.
  4. DLa persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda.

Explicación

El artículo 117 atribuye la potestad expropiatoria a la persona titular de la Consejería correspondiente, conforme a la legislación andaluza y estatal aplicable.

Referencia: Artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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