AdministraciónDificultad: MediaTemario

De acuerdo con el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, la revocación de actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos corresponderán:

  1. AEl Consejo de Gobierno, cuando el acto haya agotado la vía administrativa.
  2. BA la persona titular de la Consejería de adscripción, aunque el acto sea de una agencia.
  3. Al propio órgano administrativo que haya dictado el acto.Respuesta correcta
  4. DA la Intervención General, cuando el acto tenga trascendencia económica.

Explicación

El artículo 116.4 atribuye revocación y rectificación al propio órgano que dictó el acto.

Referencia: Artículo 116 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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