AdministraciónDificultad: MediaTemario
De acuerdo con el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, la revocación de actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos corresponderán:
- AEl Consejo de Gobierno, cuando el acto haya agotado la vía administrativa.
- BA la persona titular de la Consejería de adscripción, aunque el acto sea de una agencia.
- Al propio órgano administrativo que haya dictado el acto.Respuesta correcta
- DA la Intervención General, cuando el acto tenga trascendencia económica.
Explicación
El artículo 116.4 atribuye revocación y rectificación al propio órgano que dictó el acto.
Referencia: Artículo 116 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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