Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario

Según el artículo 10.2 del Decreto 465/2019, las personas que representan a las asociaciones y entidades de las letras d) a f) del artículo 10.1 se seleccionan:

  1. AMediante sorteo público entre las asociaciones inscritas cada dos años por la presidencia, sin posibilidad de reelección.
  2. BPor designación directa de la presidencia cada cuatro años, a propuesta del Instituto Andaluz de la Mujer, sin reelección.
  3. Mediante convocatoria en libre concurrencia cada cuatro años por orden de la Consejería, y pueden ser reelegidas por otros cuatro.Respuesta correcta
  4. DMediante elección por el Pleno de la Comisión cada tres años, entre las candidaturas presentadas por las propias asociaciones.

Explicación

El artículo 10.2 dispone que estas personas «serán seleccionadas, mediante convocatoria en libre concurrencia realizada al efecto cada cuatro años, por orden de la persona titular de la Consejería con competencias en materia de violencia de género», que fija requisitos, documentación y criterios de selección, y que «podrán ser reelegidas por un periodo de otros 4 años». Además, solo puede seleccionarse una vocalía por cada asociación o entidad (artículo 10.3).

Referencia: Decreto 465/2019, de 14 de mayo, art. 10.

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