Según el apartado 8.4, el permiso adicional de la madre biológica se disfruta con carácter general:
- De forma ininterrumpida tras el permiso de 17 o 28 semanas.Respuesta correcta
- BDe forma fraccionada antes de que el menor cumpla ocho años.
- CAntes del inicio de las seis semanas de descanso obligatorio.
- DEn cualquier momento del primer año, previa autorización.
Explicación
El apartado 8.4 dispone que el permiso «se disfrutará de forma ininterrumpida una vez finalizado el permiso por nacimiento de hijo o hija de 17 o 28 semanas».
Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.4.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 8 - Permisos y reducciones de jornada por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.4. Es la pregunta 27 de 69 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «De forma ininterrumpida tras el permiso de 17 o 28 semanas.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Apartado 8.4 - Permiso de cuatro semanas adicionales para la madre biológica por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento
- Normativa
- Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 27 de 69
- Última revisión
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