Agotado el permiso por nacimiento, ¿de qué permiso adicional retribuido dispone la madre biológica según el apartado 8.4?
- ADe dos semanas, ampliables en caso de discapacidad.
- BDe seis semanas, ampliables en caso de discapacidad.
- De cuatro semanas.Respuesta correcta
- DDe ocho semanas, ampliables en caso de discapacidad.
Explicación
El apartado 8.4 dispone que, agotado el permiso del apartado 8.1, la madre biológica «tendrá derecho a un permiso adicional retribuido de cuatro semanas».
Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.4.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 8 - Permisos y reducciones de jornada por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.4. Es la pregunta 25 de 69 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «De cuatro semanas.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Apartado 8.4 - Permiso de cuatro semanas adicionales para la madre biológica por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento
- Normativa
- Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 25 de 69
- Última revisión
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