¿Quién resuelve el procedimiento de recuperación posesoria de inmuebles de la Administración de la Junta, según el artículo 176.2?
- ALa consejería de adscripción del bien.
- BEl Gabinete Jurídico de la Junta.
- CEl Consejo de Gobierno de la Junta.
- La Dirección General de Patrimonio.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 176 atribuye la incoación e instrucción a la consejería o agencia de adscripción y la resolución «a la Dirección General de Patrimonio respecto de los bienes y derechos que sean de titularidad de la Administración de la Junta», salvo los bienes muebles.
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 176.2.
¿Crees que la respuesta correcta es otra?
Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título VIII - Protección y defensa del patrimonio / Capítulo IV - Facultades y prerrogativas para la defensa del patrimonio». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 176 de Ley 7/2025. Es la pregunta 22 de 30 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción D: «La Dirección General de Patrimonio.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 176 - Órganos competentes
- Dificultad
- Avanzada
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 22 de 30
- Última revisión
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear mi cuentaMás preguntas sobre el artículo 176
Más preguntas de este tema
- ¿Cuál de las siguientes es una de las facultades y prerrogativas para la defensa del patrimonio que enumera el artículo 166.1?
- ¿Respecto de qué bienes pueden ejercer las agencias públicas empresariales las facultades y prerrogativas de defensa, según el artículo 166.2?
- ¿Quién ejerce la facultad de inspección sobre los bienes del Patrimonio de la Administración de la Junta, según el artículo 167.2?
- ¿Necesita la inspección del patrimonio anuncio previo a la persona interesada, según el artículo 167.3?
- ¿Qué relación tiene la facultad de inspección con los derechos de supervisión previstos en una concesión o cesión, según el artículo 167.1?
- ¿Qué cuantía y periodicidad pueden tener las multas coercitivas ante la obstaculización de las prerrogativas de defensa, según el artículo 168.2?
- Si no consta una tasación actualizada, ¿qué valor puede tomarse como referencia para las multas coercitivas, según el artículo 168.2?
- ¿Quién soporta los gastos generados por la ejecución forzosa de las prerrogativas de defensa, según el artículo 168.3?