¿Qué relación tiene la facultad de inspección con los derechos de supervisión previstos en una concesión o cesión, según el artículo 167.1?
- AQueda sustituida por ellos durante la concesión.
- BSolo puede ejercerse si el título la prevé expresamente.
- Es independiente y compatible con ellos.Respuesta correcta
- DRequiere el consentimiento previo del concesionario.
Explicación
El artículo 167.1 dispone que «la facultad de inspección es independiente y compatible con cualquier otro derecho de supervisión que se pudiese haber establecido en un título de concesión, cesión, usufructo» u otro que otorgue el uso a un tercero.
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 167.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título VIII - Protección y defensa del patrimonio / Capítulo IV - Facultades y prerrogativas para la defensa del patrimonio». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 167 de Ley 7/2025. Es la pregunta 5 de 30 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción C: «Es independiente y compatible con ellos.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 167 - Facultad de inspección
- Dificultad
- Avanzada
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 5 de 30
- Última revisión
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