Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

¿Quién ejerce la Presidencia de la Comisión Técnica según el artículo 9.1.a) del Decreto 96/2021?

  1. ALa persona titular de la Consejería competente en violencia de género.
  2. BLa persona titular de la Viceconsejería competente en violencia de género.
  3. La persona que ostente la dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.Respuesta correcta
  4. DLa vocal de la Consejería competente en asistencia a víctimas.

Explicación

El artículo 9.1.a) atribuye la Presidencia de la Comisión Técnica a «la persona que ostente la dirección del Instituto Andaluz de la Mujer», en coherencia con su adscripción al Instituto (artículo 7). Las personas titulares de la Consejería y de la Viceconsejería presiden y vicepresiden, en cambio, la Comisión Institucional del Decreto 465/2019.

Referencia: Decreto 96/2021, de 23 de febrero, art. 9.

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