¿Quién debe informar el pliego de condiciones o la propuesta de contrato de un negocio patrimonial de la Junta, según el artículo 82.1?
- ALa Dirección General de Patrimonio, en todos los casos y con carácter vinculante.
- El Gabinete Jurídico, salvo que se usen pliegos generales o modelos tipo aprobados.Respuesta correcta
- CLa Intervención General, cuando el negocio implique ingresos para la Hacienda.
- DEl Consejo Consultivo, cuando el valor del negocio supere los tres millones.
Explicación
El párrafo segundo del artículo 82.1 exige informe del Gabinete Jurídico o del asesoramiento jurídico de la agencia, «salvo cuando se utilicen los pliegos generales o modelos tipo de contratos aprobados conforme a lo establecido en el apartado 2».
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 82.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título IV - Negocios jurídicos patrimoniales / Capítulo I - Disposiciones generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 82 de Ley 7/2025. Es la pregunta 13 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «El Gabinete Jurídico, salvo que se usen pliegos generales o modelos tipo aprobados.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 82 - Expediente patrimonial
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 13 de 40
- Última revisión
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