Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

¿Qué régimen de recursos tiene el acuerdo de acumulación según el artículo 57?

  1. ACabe recurso de alzada ante el superior jerárquico.
  2. BCabe recurso potestativo de reposición.
  3. CCabe recurso si la acumulación se acordó de oficio.
  4. Contra él no procederá recurso alguno.Respuesta correcta

Explicación

El último párrafo del artículo 57 dispone que «contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno». Ni la alzada ni la reposición son admisibles, y la forma, de oficio o a instancia de parte, en que se haya acordado no altera esa regla.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 57.

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