¿Qué prórroga del plazo de alegaciones al informe provisional puede conceder la Intervención actuante, según el artículo 67.2?

  1. Por un plazo como máximo igual al inicialmente correspondiente.Respuesta correcta
  2. BPor un plazo máximo de diez días, sea cual sea el inicial.
  3. CPor la mitad del plazo inicialmente concedido.
  4. DNo cabe prórroga del plazo de alegaciones.

Explicación

El artículo 67.2 dispone que, por causas justificadas y a solicitud del órgano gestor, la Intervención «podrá conceder una prórroga por un plazo como máximo igual al que inicialmente corresponda».

Referencia: Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, art. 67.2 del Reglamento.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo V - El control financiero. Aspectos generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 67 de Decreto 92/2022. Es la pregunta 11 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Por un plazo como máximo igual al inicialmente correspondiente.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 67 - Informes de control financiero
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 13
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 67

Más preguntas de este tema