¿Qué caracteriza al control financiero según el artículo 59.2?

  1. Se realiza a posteriori con técnicas de auditoría y sus informes no son suspensivos.Respuesta correcta
  2. BSe realiza antes de adoptar los actos y sus informes son suspensivos.
  3. CSe realiza de forma simultánea a la gestión y es vinculante.
  4. DSe realiza solo sobre entidades con contabilidad empresarial.

Explicación

El artículo 59.2 dispone que el control financiero se caracteriza «por llevarse a cabo con posterioridad a la realización de la actividad objeto de control y por la utilización de técnicas de auditoría», y que sus informes «tendrán carácter no suspensivo» y darán lugar a recomendaciones.

Referencia: Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, art. 59.2 del Reglamento.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo V - El control financiero. Aspectos generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 59 de Decreto 92/2022. Es la pregunta 1 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Se realiza a posteriori con técnicas de auditoría y sus informes no son suspensivos.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 59 - Concepto y naturaleza
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 13
Última revisión

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