¿Qué plazo mínimo debe pasar entre dos medidas de movilidad geográfica sobre la misma persona según el artículo 22.5?

  1. 4 años.Respuesta correcta
  2. B2 años desde la anterior.
  3. C5 años desde la anterior.
  4. D3 años desde la anterior.

Explicación

El artículo 22.5 dispone que no podrá aplicarse una medida de movilidad geográfica «hasta que no haya transcurrido un plazo mínimo de 4 años desde la anterior».

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 22.5.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VII - Movilidad». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 22.5. Es la pregunta 17 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «4 años.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 22 - Movilidad geográfica
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 17 de 40
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