Para que una obra parcial singular dé lugar a la exigencia de clasificación en otro subgrupo, su importe debe ser superior, salvo casos excepcionales, al siguiente porcentaje del precio total del contrato según el artículo 79.5.b) de la Ley 9/2017:
- El 20 por 100.Respuesta correcta
- BEl 10 por 100.
- CEl 30 por 100.
- DEl 50 por 100.
Explicación
El artículo 79.5.b) exige que el importe de la obra parcial «deberá ser superior al 20 por 100 del precio total del contrato, salvo casos excepcionales, que deberán acreditarse razonadamente en los pliegos».
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 79.5.b).
¿Crees que la respuesta correcta es otra?
Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO PRIMERO - Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos / TÍTULO II - Partes en el contrato / CAPÍTULO II - Capacidad y solvencia del empresario / Sección 1.ª Aptitud para contratar con el sector público / Subsección 4.ª Clasificación de las empresas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 79 de Ley 9/2017. Es la pregunta 6 de 10 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «El 20 por 100.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 79 - Criterios aplicables y condiciones para la clasificación
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 6 de 10
- Última revisión
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear mi cuentaMás preguntas sobre el artículo 79
- Según el artículo 79.5.a) de la Ley 9/2017, salvo casos excepcionales, ¿cuál es el número máximo de subgrupos de clasificación exigibles en un contrato de obras?
- Según el artículo 79.1 de la Ley 9/2017, en los contratos de duración superior a un año, la cuantía a efectos de clasificación se expresa por referencia:
Más preguntas de este tema
- Según el artículo 77.1.a) de la Ley 9/2017, la clasificación como contratista de obras es requisito indispensable en los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a:
- ¿Es exigible la clasificación del empresario en los contratos de servicios según el artículo 77.1.b) de la Ley 9/2017?
- Según el artículo 77.2 de la Ley 9/2017, en caso de cesión del contrato, la clasificación será exigible al cesionario:
- ¿A qué empresarios no es exigible la clasificación según el artículo 78.1 de la Ley 9/2017?
- Según el artículo 80.1 de la Ley 9/2017, los acuerdos de clasificación de las empresas se adoptan, con eficacia general, por:
- ¿Qué vigencia tiene la clasificación de las empresas según el artículo 82.1 de la Ley 9/2017?