Los planes de ordenación de vigencia indefinida pueden ser objeto de revisión a iniciativa de:

  1. AEl Consejo de Gobierno, solo de oficio y cada cuatro años.
  2. La Administración o los órganos de negociación colectiva.Respuesta correcta
  3. CCualquier persona empleada pública afectada por el plan.
  4. DLa Comisión de Coordinación de la Función Pública.

Explicación

El artículo 9.2 dispone que los planes indefinidos se mantienen hasta la aprobación de otro que los sustituya y pueden revisarse a iniciativa de la Administración o de los órganos de negociación colectiva.

Referencia: Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, art. 9.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título I - Planificación y ordenación del empleo público / Capítulo II - Planes de ordenación de recursos humanos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 9 de Decreto 51/2025. Es la pregunta 12 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción B: «La Administración o los órganos de negociación colectiva.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 9 - Vigencia
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 12 de 12
Última revisión

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