Los planes de ordenación de recursos humanos son, según el artículo 6.1:

  1. AUn instrumento complementario de la oferta de empleo público.
  2. BEl documento que aprueba las relaciones de puestos de trabajo.
  3. El instrumento básico de planificación de los recursos humanos.Respuesta correcta
  4. DEl acto que convoca los procesos selectivos de cada año.

Explicación

El artículo 6.1 define los planes de ordenación de recursos humanos como el instrumento básico de planificación de los recursos humanos.

Referencia: Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, art. 6.1.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título I - Planificación y ordenación del empleo público / Capítulo II - Planes de ordenación de recursos humanos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 6 de Decreto 51/2025. Es la pregunta 1 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «El instrumento básico de planificación de los recursos humanos.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 6 - Objeto de los planes de ordenación de recursos humanos
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 12
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 6

Más preguntas de este tema