La sanción de separación del servicio de los funcionarios, según el artículo 96.1.a) del TREBEP, solo podrá sancionar la comisión de:

  1. Faltas muy graves.Respuesta correcta
  2. BFaltas graves o muy graves.
  3. CFaltas graves reiteradas.
  4. DCualquier tipo de falta.

Explicación

El artículo 96.1.a) precisa que la separación del servicio «sólo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 96.1.a.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título VII - Régimen disciplinario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 96 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 19 de 39 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Faltas muy graves.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 96 - Sanciones
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 19 de 39
Última revisión

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