Intervenir en un procedimiento concurriendo causa de abstención es falta grave, según el artículo 169.d) de la Ley 5/2023, cuando se hace por:

  1. ANegligencia excusable.
  2. BDesconocimiento de la causa.
  3. COrden de la persona superior.
  4. Dolo o negligencia inexcusable.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 169.d) exige «dolo o negligencia inexcusable»; si la negligencia es excusable, la falta es leve (art. 170.b).

Referencia: Ley 5/2023 de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, art. 169.d.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título XII - Régimen disciplinario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 169 de Ley 5/2023. Es la pregunta 22 de 86 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción D: «Dolo o negligencia inexcusable.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 169 - Faltas graves
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 22 de 86
Última revisión

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