Extinguida una cesión gratuita, ¿cómo revierten los bienes a la Administración de la Junta, según el artículo 75.3?
- Con todas las mejoras realizadas.Respuesta correcta
- BPrevia indemnización de las mejoras.
- CSin las mejoras, que puede retirar el cesionario.
- DCon las mejoras, abonando su valor residual.
Explicación
El artículo 75.3 dispone que «la extinción de la cesión conllevará la reversión de los bienes a la Administración de la Junta de Andalucía con todas las mejoras realizadas». Además, el cesionario responde de los deterioros sin que le sean indemnizables los gastos hechos para cumplir las cargas (art. 75.2).
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 75.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título III - Aprovechamiento de los bienes y derechos de dominio privado / Capítulo II - Cesiones gratuitas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 75 de Ley 7/2025. Es la pregunta 17 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Con todas las mejoras realizadas.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 75 - Extinción y reversión
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 17 de 20
- Última revisión
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