Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

En las entidades locales de Andalucía, ¿a quién corresponde solicitar el dictamen del Consejo Consultivo?

  1. A quienes ostenten su presidencia o, en su caso, al Pleno.Respuesta correcta
  2. BA la consejería competente en Administración local.
  3. CA la secretaría general de la corporación local.
  4. DA la Delegación del Gobierno de la Junta en la provincia.

Explicación

El artículo 25.2 dispone que corresponde «a las personas que ostenten la presidencia de las entidades locales de Andalucía o, en su caso, al Pleno, en los asuntos de su competencia», solicitar el dictamen en los supuestos legales. La consulta no se canaliza a través de la consejería de Administración local, la secretaría de la corporación ni las delegaciones del Gobierno.

Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 25.

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