Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

¿Cómo se forman, en su caso, las secciones del Consejo Consultivo?

  1. ACon consejeros natos, en el número que fije el Consejo de Gobierno.
  2. BCon electivos sin exclusividad, en el número que acuerde el Pleno.
  3. Con electivos a tiempo completo, en el número que designe la Presidencia.Respuesta correcta
  4. DCon los permanentes, en el número que fije el reglamento orgánico.

Explicación

El artículo 23.1 establece que «las secciones, en su caso, también se formarán con las consejeras o consejeros electivos a tiempo completo en el número que se designe por la Presidencia». Ni los natos, ni los electivos sin exclusividad, ni los permanentes las componen, y el número no lo fija el Consejo de Gobierno, el Pleno ni el reglamento.

Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 23.

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