Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

Según el artículo 24.1, la composición de la Comisión de Estudios y Análisis Normativo comprende:

  1. ALa Presidencia, los consejeros natos y los letrados del Consejo.
  2. BLa Presidencia y los seis electivos a tiempo completo, sin otros miembros.
  3. CLa Presidencia, todos los electivos y la Secretaría General.
  4. La Presidencia, los seis electivos a tiempo completo y los permanentes.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 24.1 dispone que esta comisión «estará constituida por la persona que ostente la Presidencia, las seis consejeras o consejeros electivos con dedicación a tiempo completo y por las consejeras o consejeros permanentes». Sin los permanentes, la composición sería la de la Comisión Permanente (art. 23.1); los natos y los letrados no la integran.

Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 24.

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