En caso de gestación múltiple, ¿cuándo puede iniciarse el permiso del apartado 8.16?

  1. AEl primer día de la semana 33.
  2. BEl primer día de la semana 37.
  3. CEl primer día de la semana 30.
  4. El primer día de la semana 35.Respuesta correcta

Explicación

El apartado 8.16 dispone que, en gestación múltiple, «el permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo».

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.16.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 8 - Permisos y reducciones de jornada por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.16. Es la pregunta 66 de 69 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «El primer día de la semana 35.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 8.16 - Permiso retribuido para las empleadas públicas en estado de gestación
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 66 de 69
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