El incumplimiento de plazos de procedimiento en materia de incompatibilidades es falta grave, según el artículo 44.9, si:
- ASe produce por segunda vez en el mismo año.
- No supone mantener una situación de incompatibilidad.Respuesta correcta
- CLo detecta la propia Administración de oficio.
- DSe subsana dentro del mes siguiente.
Explicación
El artículo 44.9 lo tipifica como grave «cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad».
Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 44.9.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo XII - Régimen disciplinario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 44.9. Es la pregunta 19 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «No supone mantener una situación de incompatibilidad.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 44 - Faltas graves
- Normativa
- VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 19 de 40
- Última revisión
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