AdministraciónDificultad: MediaTemario

De acuerdo con el artículo 3.c) del Decreto 90/1993, corresponde a los Servicios u órganos asimilados proponer:

  1. ALa acumulación de expedientes y la subsanación de solicitudes de los interesados en su ámbito de actuación.
  2. La ampliación de plazos en los supuestos citados de la Ley 30/1992 y la declaración de urgencia en los procedimientos.Respuesta correcta
  3. CLa liquidación y extinción de las agencias administrativas adscritas a la Consejería de que dependan.
  4. DEl nombramiento y la separación de las personas titulares de las Jefaturas de Sección del departamento.

Explicación

El artículo 3.c) atribuye a los Servicios proponer la ampliación de plazos en los supuestos citados de la Ley 30/1992 y la declaración de urgencia. La acumulación y la subsanación son de Secciones (art. 4); la liquidación de agencias y el nombramiento de Jefaturas de Sección no figuran entre las funciones del artículo 3.

Referencia: Decreto 90/1993, de 13 de julio, art. 3

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