Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

De acuerdo con el artículo 2.d) de la Ley 2/2021, ¿qué fondos carentes de personalidad jurídica integran el sector público andaluz?

  1. ALos fondos cuya dotación proceda íntegramente de transferencias de la Unión Europea.
  2. BLos fondos gestionados por las entidades de la Administración local de Andalucía.
  3. CLos fondos creados por ley del Parlamento, con independencia del origen de su dotación.
  4. Los fondos cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde el presupuesto de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 2.d) incluye en el sector público andaluz, junto a la Administración de la Junta, sus agencias, sociedades mercantiles, fundaciones y los consorcios y sociedades del artículo 12 de la Ley 9/2007, «los fondos carentes de personalidad jurídica cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde el presupuesto de la Junta de Andalucía». El criterio es el origen mayoritario de la dotación en el presupuesto autonómico, no la financiación europea ni el instrumento de creación, y las entidades locales figuran en el ámbito objetivo como categoría distinta (artículo 3.c).

Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 2

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