Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

¿Cuántas sesiones ordinarias celebra, como mínimo, la Comisión permanente del Observatorio cada año, según el artículo 14 del Decreto 298/2010?

  1. AUna sesión ordinaria.
  2. BDos sesiones ordinarias.
  3. Tres sesiones ordinarias.Respuesta correcta
  4. DCuatro sesiones ordinarias.

Explicación

El artículo 14 dispone que la Comisión permanente «celebrará, al menos, tres sesiones ordinarias al año», y que puede reunirse en sesión extraordinaria a iniciativa de la presidencia o a solicitud de, al menos, la mitad de sus miembros. El Pleno, en cambio, celebra una sola sesión ordinaria anual (artículo 11.1).

Referencia: Decreto 298/2010, de 25 de mayo, art. 14.

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