¿Cuándo prescribe el derecho al reconocimiento de las prestaciones, con carácter general, según el artículo 53.1 de la LGSS?

  1. AA los cuatro años desde la fecha del hecho causante.
  2. BAl año desde la notificación del hecho causante.
  3. CA los tres años desde la solicitud de la prestación.
  4. A los cinco años desde el día siguiente al hecho causante.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 53.1 establece que el derecho prescribirá «a los cinco años, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante», salvo las excepciones legales.

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 53.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo IV - Acción protectora». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 53 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 15 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «A los cinco años desde el día siguiente al hecho causante.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 53 - Prescripción
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 15 de 20
Última revisión

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