¿Cuándo prescribe el derecho al reconocimiento de las prestaciones, con carácter general, según el artículo 53.1 de la LGSS?
- AA los cuatro años desde la fecha del hecho causante.
- BAl año desde la notificación del hecho causante.
- CA los tres años desde la solicitud de la prestación.
- A los cinco años desde el día siguiente al hecho causante.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 53.1 establece que el derecho prescribirá «a los cinco años, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante», salvo las excepciones legales.
Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 53.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo IV - Acción protectora». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 53 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 15 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «A los cinco años desde el día siguiente al hecho causante.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Seguridad Social
- Tema
- Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo IV - Acción protectora
- Artículo o apartado
- Artículo 53 - Prescripción
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 15 de 20
- Última revisión
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