Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 78.2 de la Ley 12/2007, serán consideradas responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas que cooperen en su ejecución:

  1. Mediante una acción u omisión sin la cual la infracción no se hubiese producido.Respuesta correcta
  2. BMediante cualquier acto de apoyo, aunque la infracción se hubiera cometido igualmente.
  3. CSolo cuando hayan obtenido un beneficio económico directo de la infracción.
  4. DSolo cuando tengan la condición de administradoras de la persona jurídica infractora.

Explicación

El artículo 78.2 considera responsables a quienes «cooperen en su ejecución, mediante una acción u omisión sin la cual la infracción no se hubiese producido». Se exige una cooperación necesaria; no basta cualquier apoyo y no se requiere beneficio económico ni la condición de administrador.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 78.2.

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