Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 73.2 de la Ley 12/2007, si no se hubiera estimado la existencia de delito, la Administración podrá continuar el procedimiento sancionador:

  1. ACon base en una nueva instrucción que prescinda de los hechos declarados probados por el juez.
  2. BSolo si no ha transcurrido más de un año desde que se dio traslado al Ministerio Fiscal.
  3. CSolo cuando la persona interesada lo solicite expresamente dentro del mes siguiente.
  4. Con base, en su caso, en los hechos que el órgano judicial competente haya considerado probados.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 73.2 establece que, si no se estimó la existencia de delito, «la Administración podrá continuar el procedimiento sancionador con base, en su caso, en los hechos que el órgano judicial competente haya considerado probados», y que la sanción penal excluye la administrativa. No impone plazos adicionales ni instancia de parte.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 73.2.

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