Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

Conforme al artículo 21.6 de la Ley 6/2006 (DL 26/2021), los Consejeros pueden:

  1. Declarar la urgencia en iniciativa legislativa y elaboración de reglamentos (art. 45 bis).Respuesta correcta
  2. BAcortar los plazos del Consejo Consultivo sin acuerdo de inicio.
  3. CDeclarar la urgencia de cualquier procedimiento administrativo de la Junta.
  4. DOmitir la MAIN en todo anteproyecto de ley de su Consejería.

Explicación

El artículo 21.6 les atribuye declarar la urgencia en iniciativa legislativa y elaboración de reglamentos conforme al art. 45 bis.

Referencia: Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 21.

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