Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 19.2 de la Ley 6/2006, quien asuma una Vicepresidencia podrá:
- ASustituir necesariamente a la Presidencia del Parlamento en todas sus ausencias.
- Ejercer las funciones de titularidad de una Consejería y las que le encomiende la Presidencia.Respuesta correcta
- CEjercer solo funciones honoríficas, sin posibilidad de titularidad de Consejería.
- DDictar decretos-leyes en nombre del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
Explicación
El artículo 19.2 permite ejercer las funciones de titularidad de una Consejería y las encomendadas por la Presidencia.
Referencia: Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 19.
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- Según el artículo 18.1 de la Ley 6/2006, el Consejo de Gobierno se compone de:
- Conforme al artículo 18.2 de la Ley 6/2006, serán también miembros del Consejo de Gobierno:
- Según el artículo 18.3 de la Ley 6/2006, en las designaciones del Consejo de Gobierno cada sexo estará representado en, al menos:
- De acuerdo con el artículo 19.1 de la Ley 6/2006, respecto de las Vicepresidencias la Presidencia:
- Conforme al artículo 19.3 de la Ley 6/2006, el cese de la persona titular de una Vicepresidencia:
- Según el artículo 20.1 de la Ley 6/2006, las personas titulares de las Consejerías:
- Conforme al artículo 20.2 de la Ley 6/2006, los Consejeros sin cartera:
- Según el artículo 20.2 de la Ley 6/2006, el cese de un Consejero sin cartera: