Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

¿Cómo se renueva el conjunto de los Consejeros según la redacción vigente del artículo 24.1?

  1. ACada tres años, por dos y tres quintas partes sucesivamente.
  2. Cada tres años, por tres y cuatro séptimas partes sucesivamente.Respuesta correcta
  3. CCada seis años, mediante la renovación íntegra del Pleno.
  4. DCada dos años, por terceras partes sucesivamente.

Explicación

Con siete Consejeros, el artículo 24.1 prevé su renovación «cada tres por tres y cuatro séptimas partes sucesivamente». La renovación por dos y tres quintas partes correspondía a la redacción original con cinco Consejeros, modificada por la Ley 2/1996; la ley no contempla ni una renovación íntegra cada seis años ni por tercios cada dos.

Referencia: Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, art. 24.

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