¿Antes de qué fecha debe estar elaborado el calendario laboral de cada centro según el artículo 31?

  1. AAntes del 31 de diciembre de cada año.
  2. BAntes del 31 de octubre de cada año.
  3. Antes del 30 de noviembre de cada año.Respuesta correcta
  4. DAntes del 15 de enero del año al que se refiera.

Explicación

El artículo 31 dispone que el calendario laboral «tendrá vigencia anual y deberá estar elaborado antes del 30 de noviembre de cada año».

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 31.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VIII - Jornada y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 31. Es la pregunta 24 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Antes del 30 de noviembre de cada año.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 31 - Calendario laboral
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 24 de 32
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