Al personal indefinido no fijo que no acude al acto único de elección de destinos, según el artículo 20.7.3.c):

  1. Se le adjudica destino de oficio.Respuesta correcta
  2. BSe le extingue el contrato de trabajo.
  3. CSe le convoca a un segundo acto único.
  4. DSe le excluye de la reubicación.

Explicación

El artículo 20.7.3.c) (Acuerdo de la Comisión del Convenio publicado en el BOJA núm. 232, de 2 de diciembre de 2016) dispone que a quien no acuda «le será adjudicado destino de oficio por la Administración, en presencia de las Organizaciones Sindicales».

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 20.7.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VI - Selección del personal y provisión de puestos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 20.7.3. Es la pregunta 59 de 59 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Se le adjudica destino de oficio.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 20 - Provisión de puestos
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 59 de 59
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