Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

¿A iniciativa de quién se reúne el Pleno con carácter extraordinario, según el artículo 17.1 de la Ley 5/1997?

  1. ADel Presidente o de, al menos, la mitad de sus miembros.
  2. Del Presidente o de, al menos, un tercio de sus miembros.Respuesta correcta
  3. CDe la Comisión Permanente o de cualquiera de los tres grupos.
  4. DDel Consejo de Gobierno o del Consejero de Trabajo e Industria.

Explicación

El artículo 17.1 prevé que el Pleno se reúna con carácter extraordinario «a iniciativa del Presidente o de, al menos, un tercio de sus miembros». La Ley no exige la mitad de los miembros ni legitima a la Comisión Permanente o a un grupo por sí solo, y el Consejo de Gobierno no puede convocar al Pleno, en coherencia con la autonomía del Consejo (art. 3).

Referencia: Ley 5/1997, de 26 de noviembre, art. 17.1

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