Si la recepción formal es posterior a la entrega de los bienes, ¿quién responde de su custodia entre una y otra según el artículo 300.3 de la Ley 9/2017?
- AEl contratista.
- La Administración.Respuesta correcta
- CEl transportista.
- DEl fabricante.
Explicación
El artículo 300.3 dispone que, cuando el acto formal de recepción sea posterior a la entrega, la Administración será responsable de la custodia de los bienes durante el tiempo que medie entre una y otra.
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 300.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO II - De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas / CAPÍTULO IV - Del contrato de suministro / Sección 2.ª Ejecución del contrato de suministro». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 300 de Ley 9/2017. Es la pregunta 2 de 3 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «La Administración.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 300 - Entrega y recepción
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 2 de 3
- Última revisión
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