Si existe disconformidad con el informe de actuación, ¿quién resuelve lo procedente?

  1. ALa persona titular de la Intervención General.
  2. BLa persona titular de la Consejería competente en Hacienda.
  3. El Consejo de Gobierno, previo informe de la Intervención General.Respuesta correcta
  4. DLa Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras.

Explicación

El artículo 74.5 dispone que la persona titular de la Consejería de la que dependa la entidad solicitará a la de Hacienda que, «previo informe de la Intervención General, someta las actuaciones a la consideración del Consejo de Gobierno para que resuelva lo procedente».

Referencia: Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, art. 74.5 del Reglamento.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo VI - El control financiero del sector público». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 74 de Decreto 92/2022. Es la pregunta 18 de 29 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «El Consejo de Gobierno, previo informe de la Intervención General.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 74 - Informe de actuación
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 18 de 29
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 74

Más preguntas de este tema