Si el reparo lo formula una Intervención, ¿en qué plazo debe la persona titular de la Viceconsejería exponer ante la Intervención General las razones de la discrepancia?

  1. ADiez días desde que se notificó el reparo.
  2. Veinte días desde que se formuló el reparo.Respuesta correcta
  3. CQuince días desde la recepción del expediente.
  4. DUn mes desde que se formuló el reparo.

Explicación

El artículo 35.1.a) dispone que la persona titular de la Viceconsejería, «en el plazo de veinte días desde que se formuló el reparo, expondrá ante la Intervención General las razones de la discrepancia en escrito motivado». La Intervención General resuelve en diez días.

Referencia: Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, art. 35.1.a del Reglamento.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo III - El control previo». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 35 de Decreto 92/2022. Es la pregunta 28 de 56 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Veinte días desde que se formuló el reparo.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 35 - Las discrepancias
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 28 de 56
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