¿Qué efectos tienen las observaciones complementarias que pueden formular las Intervenciones conforme al artículo 34.7?

  1. En ningún caso tienen efectos suspensivos.Respuesta correcta
  2. BSuspenden la tramitación hasta su contestación.
  3. CObligan a remitir el expediente a la Intervención General.
  4. DProducen efectos suspensivos solo en los contratos.

Explicación

El artículo 34.7 permite formular observaciones complementarias sobre los demás requisitos y trámites, «que en ningún caso tendrán efectos suspensivos».

Referencia: Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, art. 34.7 del Reglamento.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo III - El control previo». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 34 de Decreto 92/2022. Es la pregunta 27 de 56 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «En ningún caso tienen efectos suspensivos.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 34 - Los reparos y observaciones
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 27 de 56
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