¿Qué carácter tiene para la Intervención actuante la resolución de la discrepancia dictada por la persona titular de la Intervención General?

  1. AEs meramente orientativa para aquella.
  2. BEs recurrible por aquella ante el Consejo de Gobierno.
  3. Es obligatoria para aquella.Respuesta correcta
  4. DEs vinculante solo si es favorable al órgano gestor.

Explicación

El artículo 35.1.a) dispone que corresponde a la persona titular de la Intervención General «conocer de la discrepancia, siendo su resolución obligatoria para aquella», es decir, para la Intervención que formuló el reparo.

Referencia: Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, art. 35.1.a del Reglamento.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo III - El control previo». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 35 de Decreto 92/2022. Es la pregunta 29 de 56 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Es obligatoria para aquella.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 35 - Las discrepancias
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 29 de 56
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