Según el artículo 98.1, se entiende por préstamo administrativo:

  1. ALa cesión temporal de documentos a otra administración para su exhibición en una exposición.
  2. BLa entrega de documentos a personas investigadoras para su consulta fuera del archivo.
  3. CLa remisión de documentos a un taller externo para su restauración o reproducción.
  4. La entrega de expedientes o documentos a órganos jurisdiccionales o administrativos en cumplimiento del ordenamiento.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 98.1 define el préstamo administrativo como la entrega o remisión de expedientes o, en general, documentos, a los órganos jurisdiccionales o administrativos en cumplimiento de lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico.

Referencia: Decreto 97/2000, de 6 de marzo, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, art. 98.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título II - Del funcionamiento de los archivos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 98 de Decreto 97/2000. Es la pregunta 69 de 93 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «La entrega de expedientes o documentos a órganos jurisdiccionales o administrativos en cumplimiento del ordenamiento.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 98 - Préstamo administrativo
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 69 de 93
Última revisión

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