Según el artículo 29.2, la valoración es obligatoria para cualquier serie documental y deberá realizarse:

  1. AEn el Archivo General de Andalucía para la totalidad de las series de la Junta de Andalucía.
  2. En los archivos de oficina y centrales, y en los intermedios o históricos para las series que carezcan de ella.Respuesta correcta
  3. CEn los archivos históricos cuando se trate de documentos con más de cien años.
  4. DEn la unidad productora antes de iniciar la tramitación del correspondiente procedimiento.

Explicación

El artículo 29.2 dispone que la valoración deberá realizarse en los archivos de oficina y centrales, así como en los intermedios o históricos para las series que, ingresadas en éstos, carezcan de aquélla.

Referencia: Decreto 97/2000, de 6 de marzo, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, art. 29.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título II - Del funcionamiento de los archivos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 29 de Decreto 97/2000. Es la pregunta 8 de 93 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «En los archivos de oficina y centrales, y en los intermedios o históricos para las series que carezcan de ella.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 29 - Valoración documental
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 8 de 93
Última revisión

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