Según el artículo 95.2.d) del TREBEP, constituye falta muy grave la adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que:

  1. ASean revocados posteriormente por el órgano superior.
  2. BSe adopten sin el informe preceptivo de la asesoría jurídica.
  3. CAfecten a más de diez interesados en el procedimiento.
  4. Causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 95.2.d) tipifica «la adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 95.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título VII - Régimen disciplinario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 95 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 14 de 39 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «Causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 95 - Faltas disciplinarias
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 14 de 39
Última revisión

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