Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: MediaTemario
Según el artículo 9.5 de la Ley 40/2015, salvo autorización expresa de una Ley, no podrán delegarse:
- ALas competencias propias del órgano nunca antes delegadas.
- BLas facultades de instrucción de procedimientos sancionadores ordinarios.
- CLas competencias de mera gestión documental de los registros electrónicos.
- Las competencias que se ejerzan por delegación.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 9.5 prohíbe, salvo Ley expresa, delegar competencias que ya se ejercen por delegación (subdelegación). Añade que no es impedimento para delegar la competencia de resolver la previsión de un dictamen o informe preceptivo, pero sí lo es una vez emitido ese dictamen o informe.
Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 9.5.
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