AdministraciónDificultad: MediaTemario
Según el artículo 92.1 de la Ley 9/2007, los órganos colegiados estarán compuestos por el número de miembros que determine su norma o convenio de creación, uno de los cuales será titular de la presidencia, y contarán además con:
- AUna persona designada por la Cámara de Cuentas, con funciones de control interno del órgano colegiado correspondiente.
- BUn Letrado del Gabinete Jurídico, con carácter preceptivo en los órganos colegiados de la Administración de la Junta.
- CUna persona titular de la Intervención General, con voz y voto en las sesiones del órgano colegiado de que se trate.
- Una persona que ejerza la secretaría, que podrá ser un miembro del propio órgano colegiado o una persona al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 92.1 exige secretaría, que puede recaer en un miembro del órgano o en personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.
Referencia: Artículo 92 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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