AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 47 de la Ley 9/2007, para el conocimiento y resolución de los procedimientos civiles en que sean parte la Administración de la Junta de Andalucía, las agencias y las entidades con régimen de independencia funcional o de especial autonomía serán competentes los Juzgados y Tribunales que tengan su sede:

  1. AEn el municipio de la provincia donde se produjo el hecho, aunque no sea capital de provincia.
  2. BEn el partido judicial del domicilio de la persona demandante.
  3. CEn la ciudad de Sevilla como sede del Consejo de Gobierno.
  4. En las capitales de provincia, en Ceuta o en Melilla.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 47 fija la competencia en los Juzgados y Tribunales que tengan su sede en las capitales de provincia, en Ceuta o en Melilla, con preferencia a cualquier otra norma de competencia territorial. No basta cualquier municipio de la provincia, ni se limita a Sevilla, ni al partido judicial del demandante.

Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículo 47.

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