AdministraciónDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 21 de la Ley 9/2007, los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía se crean, modifican y suprimen:

  1. Por decreto del Consejo de Gobierno, sin perjuicio del régimen establecido para los órganos colegiados.Respuesta correcta
  2. BPor ley del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
  3. CA través de la relación de puestos de trabajo en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
  4. DPor orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de Administración Pública.

Explicación

El artículo 21 de la Ley 9/2007 dispone que «los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía se crean, modifican y suprimen por decreto del Consejo de Gobierno, sin perjuicio del régimen establecido para los órganos colegiados». La relación de puestos de trabajo es el instrumento para crear, modificar y suprimir las unidades administrativas (artículo 14.2), no los órganos. No se exige ley ni orden de la Consejería competente en materia de Administración Pública.

Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículo 21.

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